No. El adulterio no tiene ninguna consecuencia legal en España.
Hasta 1963 el marido tenía derecho a matar a su esposa si la pillaba con otro hombre. Después de esa fecha el adulterio seguía siendo un delito. Si se cometía adulterio, especialmente la mujer, el Código Penal contempla la cárcel con penas de entre seis meses y seis años.
Posteriormente el adulterio dejo de ser delito. Sin embargo, la primera ley de divorcio de España (1981) exigía que los que quisieran divorciarse debían alegar una causa para hacerlo. Una de las causas alegadas más frecuente fue el adulterio. Por eso proliferaron las agencias de detectives especializadas en descubrir aventuras extramatrimoniales.
Con la última reforma (2005) ya no hubo que alegar nada. A partir de entonces, cualquiera se puede divorciar sin justificar el motivo de su decisión.
FUENTES
ABC: Muerte por adulterio en España, un «derecho» del marido hasta 1963
EL CONFIDENCIAL: Nos divorciamos más mayores y con menos bronca: 6 gráficos que resumen 40 años
Texto relacionado con el libro El viejo truco del amor
